Resumen del Artículo Disposición transitoria tercera

Artículo Disposición transitoria tercera del Ley del Impuesto sobre Sociedades (LIS) — Disposición transitoria tercera. Beneficios fiscales de la reconversión y reindustrialización. Los contribuyentes afectados por los Reales Decretos de reconversión disfrutarán de los beneficios fiscales establecidos por la Ley 27/1984, de 26 de julio, sobre reconversión y…

LISVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo Disposición transitoria terceraDisposición transitoria tercera

Disposición transitoria tercera. Beneficios fiscales de la reconversión y reindustrialización.

Los contribuyentes afectados por los Reales Decretos de reconversión disfrutarán de los beneficios fiscales establecidos por la Ley 27/1984, de 26 de julio, sobre reconversión y reindustrialización, en los términos que en aquéllos se prevé.

Norma publicada: 27 de noviembre de 2014

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición transitoria tercera

¿Qué dice el Artículo Disposición transitoria tercera del LIS?

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¿Dónde se ubica el Artículo Disposición transitoria tercera dentro del LIS?

Forma parte del articulado del Ley del Impuesto sobre Sociedades.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo Disposición transitoria tercera?

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